Datos de referencia (sep. 2026):Tipo de depósito del BCE 2,50 %Euríbor agosto 2,954 %IRPF base del ahorro 19 % – 30 %Fondo de Garantía de Depósitos 100.000 €
Jubilación y fiscalidad

Cómo tributan tus inversiones en España en 2026: acciones, fondos, ETF, dividendos y depósitos

La base del ahorro, la compensación de pérdidas, la regla de los dos meses y los traspasos. Una guía práctica para no llevarte sorpresas en la declaración de la renta.

Por João Goes · 16 ago 2026 · 10 min de lectura

Billete de cien dólares en primer plano

La fiscalidad es una de las partes de la inversión que más dudas genera y que más dinero puede costar si se ignora. Dos inversores con la misma rentabilidad bruta pueden terminar con resultados muy distintos según cómo organicen sus inversiones y cuándo vendan. En este artículo repasamos cómo tributan en España los principales productos de ahorro e inversión en 2026 y algunas estrategias legales para pagar menos impuestos.

La base del ahorro: el punto de partida

En el IRPF, las rentas procedentes del ahorro y la inversión se integran en la llamada base del ahorro, que tributa con una escala propia, distinta de la del sueldo. En 2026, la escala es:

Base del ahorroTipo aplicable
Hasta 6.000 €19 %
De 6.000 a 50.000 €21 %
De 50.000 a 200.000 €23 %
De 200.000 a 300.000 €27 %
Más de 300.000 €30 %

La escala es progresiva por tramos: si tienes 10.000 euros de ganancias, pagas el 19 % sobre los primeros 6.000 y el 21 % sobre los 4.000 restantes, no el 21 % sobre todo. En total, 1.980 euros. El último tramo, del 30 %, se aplica desde 2025 a las rentas del ahorro que superan los 300.000 euros.

La base del ahorro incluye dos tipos de rentas:

Producto a producto

Cuentas remuneradas y depósitos

Los intereses tributan cuando se cobran, como rendimientos del capital mobiliario. El banco te retiene un 19 % en el momento del pago, que después se descuenta de lo que debas pagar en la declaración.

Letras del Tesoro

La diferencia entre el precio de compra y el valor de reembolso es un rendimiento del capital mobiliario. No tienen retención, pero debes declararlas.

Acciones

Al vender, la diferencia entre el precio de venta y el de compra, incluyendo comisiones, es una ganancia o pérdida patrimonial. Si compraste las mismas acciones en varias ocasiones, se aplica el criterio FIFO: se consideran vendidas primero las más antiguas. Los dividendos tributan cuando se cobran, con retención del 19 % en España.

Fondos de inversión

Tributan al reembolsar, como ganancia patrimonial, con una retención del 19 % sobre la ganancia. Su gran ventaja es el régimen de traspasos: puedes mover el dinero de un fondo a otro sin tributar, y la antigüedad y el coste fiscal se trasladan al nuevo fondo.

ETF

Aunque sean fondos, a efectos fiscales se tratan de forma similar a las acciones: cada venta tributa y, en general, no pueden acogerse al régimen de traspasos. Los ETF de acumulación no generan tributación hasta la venta; los de distribución, cada vez que reparten.

Criptomonedas

Tributan como ganancias patrimoniales al venderlas o al cambiarlas por otra criptomoneda. Tenemos un artículo específico dedicado a su fiscalidad.

Planes de pensiones

Son la excepción: sus aportaciones reducen la base general y su rescate tributa como rendimiento del trabajo en la base general, no en la del ahorro.

La compensación de pérdidas

Las pérdidas pueden servir para reducir impuestos:

Por eso es importante declarar siempre las pérdidas, aunque ese año no tengas ganancias: podrás usarlas en el futuro.

La regla antiaplicación de los dos meses

Una trampa frecuente: si vendes acciones o ETF con pérdidas y vuelves a comprar valores homogéneos (los mismos) en los dos meses anteriores o posteriores a la venta, no podrás computar esa pérdida en ese momento. Se integrará cuando vendas definitivamente los valores recomprados. En valores no cotizados, el plazo es de un año. Esta regla existe para evitar que se generen pérdidas ficticias a final de año solo para pagar menos impuestos.

Un ejemplo práctico

Lucía cobra en 2026 unos 400 euros de intereses de su cuenta remunerada, 600 euros de dividendos y vende acciones con una ganancia de 5.000 euros. Además, vende un ETF con una pérdida de 1.000 euros. Primero se compensan ganancias y pérdidas patrimoniales: 5.000 − 1.000 = 4.000 euros. Después se suman los rendimientos del capital mobiliario: 400 + 600 = 1.000 euros. Su base del ahorro es de 5.000 euros, que tributa íntegramente al 19 %: 950 euros. De esa cantidad se descuentan las retenciones ya practicadas por el banco sobre los intereses y dividendos, unos 190 euros, así que en la declaración le quedarían unos 760 euros por pagar. Si no hubiera vendido el ETF con pérdidas, habría pagado 190 euros más.

Estrategias legales para pagar menos

  1. Usa fondos de inversión para el largo plazo y aprovecha los traspasos para rebalancear o cambiar de estrategia sin tributar.
  2. Elige productos de acumulación, que no reparten dividendos y difieren la tributación hasta la venta.
  3. Vende de forma escalonada cuando necesites el dinero, para mantenerte en los tramos más bajos de la escala.
  4. Compensa ganancias con pérdidas antes de final de año, respetando la regla de los dos meses.
  5. Aprovecha la exención para mayores de 65 años: las ganancias por la venta de elementos patrimoniales, hasta 240.000 euros, están exentas si el importe se reinvierte en una renta vitalicia asegurada en seis meses.
  6. Planifica con la familia: las donaciones y herencias tienen su propia fiscalidad, que varía según la comunidad autónoma.

Inversiones en el extranjero: obligaciones informativas

Un calendario útil

No es lo que ganas, sino lo que te queda después de impuestos. Una buena planificación fiscal puede valer tanto como un punto extra de rentabilidad.

Conclusión

La fiscalidad de las inversiones en España sigue una lógica clara: las rentas del ahorro tributan entre el 19 % y el 30 %, las pérdidas se pueden compensar y los fondos de inversión permiten diferir impuestos gracias a los traspasos. Conocer estas reglas te permite tomar mejores decisiones, evitar sorpresas en la declaración y, de forma totalmente legal, conservar una parte mayor de tu rentabilidad.

Información general basada en la normativa estatal vigente en 2026. Algunas cuestiones dependen de tu comunidad autónoma y de tus circunstancias. Consulta con un asesor fiscal antes de tomar decisiones.

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